Tuesday, October 23, 2012

Gestiones diplomáticas para intentar el regreso de Carromero a España

Juicio

Gestiones diplomáticas para intentar el regreso de Carromero a España

Si ninguna de las dos partes recurre ante el Tribunal Supremo Popular,
el 29 de octubre la sentencia será firme y el gobierno español podrá
empezar las gestiones encaminadas a repatriar al político

Agencias, Madrid | 23/10/2012 7:46 pm

Las gestiones diplomáticas para intentar llevar de regreso a España al
dirigente de Nuevas Generaciones del Partido Popular Ángel Carromero,
condenado a cuatro años de privación de libertad por el homicidio
imprudente de dos disidentes, no podrán comenzar antes del 29 de
octubre, informaron fuentes del Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación, reportó Europa Press.

Ese día se cumplirá el plazo de 10 días que tanto la familia como el
fiscal tienen para recurrir la sentencia dictada por la Sala Primera de
lo Penal del Tribunal Provincial de Granma y que se hizo pública el
pasado 15 de octubre.

Una vez que venza ese plazo, si ninguna de las dos partes recurre ante
el Tribunal Supremo Popular, la sentencia será firme y el gobierno podrá
empezar las gestiones encaminadas a repatriar a Carromero a España. Si
se recurriese la sentencia, el proceso podría demorarse varios meses.

En Exteriores se cree que sería más beneficioso para Carromero que no
recurriera la sentencia, pero fuentes diplomáticas aseguran que la
decisión le compete exclusivamente a él y a su familia.

Una vez haya sentencia firme, Carromero tiene dos opciones para
conseguir regresar a España. La mejor de ellas, y por la que peleará el
Ejecutivo, pasa por que el gobierno cubano le dejara en libertad
expulsándole del país.

El Código Penal cubano, o Ley 62, estipula en su artículo 46.3 que el
Consejo de Ministros "puede decretar la expulsión del extranjero antes
de que este cumpla la sanción principal impuesta", que se declarará
"extinguida". Es decir, que Carromero podría regresar a España sin que
tuviera que responder de ninguna responsabilidad penal.

En caso de que el régimen castrista no quisiera expulsarle, a Carromero
le quedaría otra opción. Podría beneficiarse de un traslado para cumplir
en España la condena, siempre según "los casos y en la forma
establecidos en los tratados", dice la Ley 62.

Los gobiernos de España y Cuba tienen un convenio bilateral para el
traslado de personas condenadas que data de 1998 y podría aplicarse en
el caso de Carromero. Para poner este acuerdo en marcha, lo primero que
se precisa es que la sentencia sea firme.

En base a ese convenio, España tendría que ofrecer a Cuba una
"indicación aproximada de cómo se cumplirá la condena en el Estado de
cumplimiento y la fecha de extinción de la pena o medida". El acuerdo
permitiría deducir "íntegramente" a la condena el tiempo que Carromero
ha pasado en prisión provisional.

Como la pena impuesta a Carromero es menor a cinco años, si La Habana
autorizase el cumplimiento de la pena en España, la Dirección General de
Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior,
podría conceder directamente a Carromero el tercer grado sin necesidad
de que tuviera que cumplir antes una parte de su condena en prisión, en
virtud de la Reforma del Código Penal de 2003, explican fuentes
penitenciarias.

Con el tercer grado, un preso solo tiene que pernoctar en prisión,
aunque hay una modalidad de tercer grado por la que el recluso es
vigilado mediante control telemático y ni siquiera tiene que dormir en
la cárcel, según prevé el reglamento penitenciario.

http://www.cubaencuentro.com/cuba/noticias/gestiones-diplomaticas-para-intentar-el-regreso-de-carromero-a-espana-281045

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