Tuesday, September 8, 2015

Cuatro leyes necesarias y un par de ideas para una Cuba futura

Cuatro leyes necesarias y un par de ideas para una Cuba futura
En un mundo en el que no existe el proletariado, ni las relaciones de
clase que dieron origen al comunismo como entelequia teórica, aferrarse
a ese concepto es un suicidio político
Jorge de Armas, Miami | 08/09/2015 10:32 am

Detesto la burocracia / que convirtió la eficacia / en un montón de
desgracia. / De vanas prohibiciones / aumentaron los rencores / y
mataron mil amores. / ¿Qué ha pasado con la vida, tanta gente
arrepentida, arrepentida.
Pedro Luís Ferrer

En un texto anterior esbozaba la idea de tres leyes necesarias y
posibles para que Cuba se insertara en una dinámica de cambio real. Un
Estado, en un mundo globalizado, no puede pretender la autarquía, y un
signo de madurez política es asumir el lugar que ocupa en el concierto
de las naciones.
Cuba no tiene que demostrar ni su singularidad ni la idea de la
inviolabilidad soberana. Si para algo ha servido medio siglo de proyecto
político es, precisamente, para sostener el nacionalismo como forma
dominante de la ideología que realmente soporta al sistema.
Los delirios de constituir el comunismo como forma de pensamiento
ideológico homogéneo han tropezado con la diversidad de pensamiento del
cubano, que no se prevé en una idea de futuro y menos como una clase
social. El comunismo fue un pretexto usado en la constante batalla de
ideas y en la formación permanente de enemigos, algo consustancial al
concepto de revolución que ha dotado a Cuba, hasta ahora, de una
sensación de provisionalidad política y social insostenible ante los
nuevos paradigmas.
En un mundo en el que no existe el proletariado, ni las relaciones de
clase que dieron origen al comunismo como entelequia teórica, aferrarse
a ese concepto es un suicidio político, sobre todo porque no contempla
elementos dinámicos de una sociedad como el mercado o la relación de
interdependencia económica de las naciones. Otro elemento es que el
partido comunista es insuficiente como espacio ideológico. Por su propia
limitación orgánica, es incapaz de asumir ideologías diversas; fuera de
la suya prácticamente todas las demás son su contraria.
En Cuba ha dejado de ser suficiente un —o el— Partido Comunista.
Contaminado en la trinidad compleja que lo convierte en Estado, Partido,
Gobierno, no satisface las necesidades sociales y políticas de la
Nación. Se imponen otras estructuras participativas, otros esquemas de
construcción ciudadana de la sociedad, además de una separación
garantizada de los poderes y funciones del Gobierno, sus instituciones y
el compromiso estatal con el ciudadano.
¿Es Cuba un Estado de trabajadores como dice la Constitución? La Carta
Magna reduce el Estado a un sector, elimina de un plumazo la pertenencia
al mismo de estudiantes, empresarios e intelectuales, y pretende, en su
artículo primero, que los 13 millones de cubanos seamos una clase social
de manual.
No serán presiones externas ni políticas de cambio de régimen los que
precipiten cambios internos en el gobierno o en su modelo participativo.
El sistema se ha basado en equilibrios precarios, asentados en el
liderazgo carismático y no en el valor y la fortaleza de las
instituciones, de ahí que el cambio vendrá, de manera fluida, de la
propia crisis del modelo y de la visión que traiga el cambio
generacional en la máxima dirección de país.
Hay varios elementos enraizados en la sociedad cubana que luego de medio
siglo se han convertido en irrenunciables. La educación y la salud como
derechos universales y gratuitos son elementos políticos de los que la
Cuba futura, elija el modelo democrático que sea, no podrá prescindir.
Esta idea se mueve en discursos tan disímiles como el de Rafael Rojas,
que defiende la permanencia de ciertas políticas sociales y educativas,
ante un posible cambio de modelo social, hasta Yndamiro Restano, quien
asegura que el cubano busca transformaciones políticas desde la
continuidad de su proyecto.
El derecho a la educación y a la salud es fundamental en un Estado de
bienestar. No obstante, Cuba carece de elementos que garanticen otras
libertades y derechos, algunos de los cuales, básicos y universales, ni
siquiera están recogidos en su Constitución.
Cuatro leyes necesarias

I Ley del menor
Aunque Cuba ha eliminado formas no efectivas de su modelo educativo,
como las famosas Escuelas al Campo, que hoy serían consideradas como
maltrato infantil por numerosas agrupaciones de derechos humanos, se
impone una ley que garantice derechos básicos al menor.
Este cuerpo legal, además de proteger al menor de toda forma de
maltrato, físico, sexual y laboral, debe también prohibir toda forma de
educación ideologizada. No se trata de eliminar la formación de valores
en el menor, sino de eliminar la imposición de una ideología, aunque
esta sea la dominante en la sociedad.
No se puede imponer una ideología en los procesos de formación del
menor. Es una forma de abuso obligar a niños entre 5 y 14 años a
pertenecer a una organización con fines netamente ideológicos, además
del uso de símbolos identificativos que suponen una adhesión a un modelo
determinado.
La Organización de Pioneros José Martí, con su jerarquía militar
interna, Jefe de Fila, Jefe de Aula, Jefe de Escuela, debe desaparecer.
Su único objetivo es inculcar una ideología y su diseño obedece al mismo
esquema de la Unión de Jóvenes Comunistas, a la cual se subordina
orgánicamente, y al del Partido, con el fin de construir la mente del
menor en el sentido de total pertenencia al modelo hegemónico.
En Cuba está vigente la Ley 16 de 1978 o Código de la Niñez y la
Juventud, que en el colmo de las aberraciones posibles hacia un menor
nos deja perlas como esta en su título segundo:
Artículo 3.- La formación comunista de la joven generación es una
preciada aspiración del Estado, la familia, los educadores, las
organizaciones políticas, sociales y de masas que actúan constantemente
para que del propio quehacer de la construcción socialista, surjan y se
desarrollen en los niños y jóvenes, los valores ideológicos del
comunismo y los atributos y cualidades que les permitan cumplir su papel
como herederos activos participantes y continuadores de la obra
revolucionaria, inculcando y promoviendo en ellos:
(…)
— La dedicación a la causa del socialismo y el comunismo y la fidelidad
a la clase obrera y a su vanguardia marxista-leninista, el Partido
Comunista de Cuba.
(…)
— La fidelidad a los principios del internacionalismo proletario, a las
relaciones de hermandad y cooperación con la Unión Soviética (…)
No hay diferencia entre una educación religiosa y esta que existe que
"inculca y promueve" fidelidad a un modelo social determinado y a un
Partido único. Este modelo es contrario al derecho internacional, a toda
convención de protección del menor, y viola el derecho a la libre
determinación y a una educación no parcializada. Si la educación
religiosa está prohibida, esta también, por coherencia política, debería
proscribirse.
Y no quiero ironizar con la caducidad de la grandilocuencia legislativa
pseudocomunista cubana, pero es que es impensable que nadie se diese
cuenta de la fragilidad de los estamentos esos de "fidelidad eterna a la
Unión Soviética" o en la "lucha constante contra el imperialismo
yanqui", para que después, en un retorno deseado del sentido común al
discurso político cubano, el presidente Raúl Castro eximiese de culpas a
Obama, y se propusiera la normalización de las relaciones con el Imperio.
El menor debe estar protegido en su formación y esta tiene que fomentar
la capacidad de elección del niño de aquel espacio ideológico en el cual
quiera desarrollar su vida como ciudadano. Asignaturas de formación
histórica y cívica, que promuevan valores, son necesarias, pero la
ideologización de la educación debe ser eliminada del sistema escolar
cubano.

II Ley de asociaciones
En este caso no hay mucho que decir. Debe sencillamente permitirse todo
tipo de asociación, salvo aquellas que busquen denigrar la condición
humana. Toda forma de agrupación pacífica tiene que tener cabida en la
sociedad cubana, ya sean políticas, profesionales, de servicios,
sexuales, sindicales o de cualquier tipo.
Una sociedad moderna tiene que ser plural. La presencia de asociaciones
empodera la sociedad civil y permite espacios de participación ciudadana
con poder real en la toma de decisiones. No es concebible que solo se
fomenten agrupaciones leales al gobierno. Toda forma de pensamiento que
genere grupos de participación tiene que contar con el respaldo legal
necesario y con un espacio de difusión garantizado por la libertad de
prensa e información.
En este espacio también tienen que permitirse asociaciones políticas sin
que importe su afiliación ideológica. Es imposible asumir que los 13
millones de cubanos pensamos igual, por lo tanto, negar el espacio de
participación a quienes no comulgamos con formas hegemónicas y
autoritarias de ejercicio de poder y abogamos por modelos participativos
es una forma de limitar nuestro derecho ciudadano.

III Ley de ciudadanía
Una de los aspectos más controvertidos y cuestionados es el hecho de que
la Constitución cubana no permite la doble ciudadanía. De hecho, el
artículo 32, que es una joya en redacción contradictoria, dice por una
parte que "los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía" y acto
seguido certifica que "cuando se adquiera una ciudadanía extranjera se
perderá la cubana".
Chistes constitucionales aparte, no se conoce el procedimiento de
renuncia a la nacionalidad cubana y, además, de nada sirve, pues para un
ser humano nacido en Cuba la única forma de ingresar a su país desde el
extranjero es con un pasaporte cubano.
Dos millones de cubanos residimos fuera de Cuba. Con los precios de los
pasaportes rondando los 450 dólares, solo en concepto de emisión de este
documento hay un ingreso potencial de 900 millones de dólares, sin
contar otros trámites o prórrogas. Se impone que no exista un uso
recaudatorio de la emigración y que exista un procedimiento mediante el
cual un cubano con doble ciudadanía pueda ingresar a su país con
cualquiera de ellas.
Del mismo modo, ningún cubano puede ser privado de su derecho a visitar,
residir y emigrar. No deben existir limitaciones, habilitaciones o
permisos de residencia en el exterior; tampoco plazos obligatorios ante
los cuales se pierda el derecho sobre propiedades o el de ingreso al
territorio nacional.
En una Ley de ciudadanía, los titulares de pasaportes de países para los
cuales Cuba exige visado tendrán que someterse a dicha legislación, pero
en ningún caso perderían los privilegios de ser ciudadano cubano, sus
derechos y obligaciones constitucionales.
Pero Cuba necesita regular el ejercicio de su ciudadanía y no caer en
vacíos que violan su propia legalidad. Si la constitución afirma en su
artículo 41 que "todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están
sujetos a iguales deberes", se imponen varias preguntas asociadas al
ejercicio ciudadano:
¿Por qué los residentes en el exterior no pueden ejercer el derecho al
voto? La supuesta territorialidad de las elecciones puede ser
solucionada con la existencia de un Padrón para residentes en el
exterior, en el cual se indique el espacio municipal por el cual se
ejerce el derecho al voto, de manera similar a como lo hace la Ley
Electoral española, por poner solo un ejemplo.
Dado que Cuba tiene un 15 por ciento de su población que reside
permanentemente fuera de la Isla, otra posibilidad es que según las
masas poblacionales y en la misma proporcionalidad que determina la
necesidad de un diputado se permita la elección de representantes de la
diáspora en el Parlamento cubano. Los ciudadanos cubanos residentes en
el exterior tienen que dejar de ser ciudadanos de segunda fila o simples
proveedores de recursos económicos.
¿Por qué un ciudadano cubano debe cumplir plazos específicos que de no
hacerlo conlleven la pérdida de sus derechos ciudadanos y de propiedad?
Es incomprensible que la ciudadanía esté sujeta, en su ejercicio, a una
forma temporal. Estas regulaciones son, en la práctica, un chantaje, una
forma de control cuyo elemento afectado es la condición inalienable de
ser cubano. De hecho, esta regulación desconoce y viola el derecho a la
propiedad, certificado en la propia Constitución. Otro desatino de una
forma de legislar por lo que nos separa y no por lo que nos une.
¿Por qué un cubano emigrado que decida regresar permanentemente a Cuba
tiene que someterse a un proceso de repatriación? Volvamos al artículo
41 de la Carta Magna, mismos derechos y obligaciones, además de aquello
de que "los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía". Todo
cubano tiene el derecho a decidir libremente dónde vivir, sea en Cuba o
en cualquier otro país, pero siempre conserva el derecho inviolable de
regresar a su Patria, y ningún gobierno tiene la potestad de negárselo.
De hecho, en 1994, un anteproyecto de Ley de Ciudadanía fue discutido en
el parlamento cubano. Según un reporte de IPS de la época:
"El anteproyecto de ley de ciudadanía fue discutido ya por las
comisiones permanentes de relaciones internacionales y asuntos
constitucionales y jurídicos del Parlamento, y actualmente está en su
quinta versión.
Con siete capítulos, esa ley contempla la ciudadanía por nacimiento, y
por naturalización, su pérdida y los motivos de privación de esta, la
forma de recuperación y los medios de impugnación".
Hasta hoy no se sabe nada de dicha Ley, si fue aprobada, si fue
desechada, o si fue olvidada. Si existiese una Ley de Transparencia
parlamentaria como he propuesto, los debates parlamentarios serían
públicos y sabríamos qué ha pasado con dicha Ley, por qué no se aprobó,
o quién la mandó a parar.
Una Ley de ciudadanía tiene que estar a la altura del siglo XXI y de
acuerdo con las dinámicas migratorias internacionales. Aquellos cubanos
que hayan adquirido otras nacionalidades deben tener el derecho a
ingresar a Cuba en dicha calidad, cumpliendo los requisitos necesarios
para ello, pero sin perder, en ningún caso, su condición de cubano y el
derecho pleno al ejercicio de su ciudadanía.

IV Ley militar
Cuba es un Estado pequeño, sin amenaza de guerra, sin enemigo militar.
En su camino hacia convertirse en un Estado moderno Cuba debe suprimir
el Servicio Militar General, y profesionalizar sus Fuerzas Armadas.
La militarización de la sociedad cubana y el Servicio Militar
obligatorio para sus ciudadanos varones, otra forma de discriminación
vejatoria y obsoleta, es una forma derivada del afán conflictual de la
proyección de su modelo.
En ningún momento se ha incluido la figura del objetor, y todo aquel que
no desee pasar el Servicio o bien ha tenido que asumirlo, o bien ha
padecido prisión. Estas son formas caducas en la sociedad contemporánea.
Suprimir el Servicio Militar y profesionalizar las Fuerzas Armadas es la
vía para racionalizar los recursos de la Nación y minimizar un ejército
desproporcionado, tanto por su relación demográfica como por las
amenazas reales que Cuba tiene.
Los militares, como ciudadanos al servicio permanente de la Patria, no
deben participar de ningún órgano elegido, ni el Parlamento ni ninguna
estructura ejecutiva del Estado, o sea, para que se entienda, propongo
que en ningún caso un militar ostente un cargo civil. Una Ley militar
debe constituir la diferencia entre civiles y militares, y de esa forma
separar dos formas de servicio ciudadano.
Una Ley militar debe también certificar el papel del ejército en tiempos
de paz, así como su responsabilidad social. Sería deseable también que
tuviera como jefe supremo a un representante civil del pueblo, de tal
forma que su lealtad quede manifiesta en su sumisión ante las órdenes de
un representante electo por los ciudadanos.
_____

En el camino de construcción de una sociedad moderna y a tono con las
dinámicas de desarrollo en un contexto de interdependencia, Cuba
necesita propiciar debates de sociedad madura. Aferrarse al modelo al
uso, por conveniencia o por obstinación, es un ejercicio de
irresponsabilidad para con sus ciudadanos.
Estas propuestas abrirían un camino a la participación activa del pueblo
en los procesos decisorios en Cuba. No son las únicas: se impone una
reforma constitucional profunda, que elimine referencias absurdas y
nominalismos innecesarios. Es necesaria una revisión de la Ley
Electoral, o una modificación de las formas de acceso al poder
ejecutivo, entre muchas otras.
Apenas es un esbozo, elementos que de ser cambiados, propiciarían una
participación ciudadana efectiva y proyectarían al mundo una voluntad de
cambio real, además de una vocación humanista en el proyecto Cuba que se
está forjando.

Source: Cuatro leyes necesarias y un par de ideas para una Cuba futura -
Artículos - Cuba - Cuba Encuentro -
http://www.cubaencuentro.com/cuba/articulos/cuatro-leyes-necesarias-y-un-par-de-ideas-para-una-cuba-futura-323573

No comments:

Post a Comment