Thursday, June 19, 2014

Hay seguridad jurídica en Cuba?

¿Hay seguridad jurídica en Cuba?
MIÉRCOLES, 18 DE JUNIO DE 2014 12:30 ESCRITO POR NELSON LUÍS RODRÍGUEZ
CHARTRAND

Si hay algo que deben aprender definitivamente los pueblos, es que el
Estado es su principal enemigo, causante de todos sus males.

Cuba actualidad, San Agustín, La Habana, (PD) No por gusto el psicólogo
estadounidense Abraham Maslow, en su estudio sobre la motivación humana,
colocó a la seguridad en el segundo nivel de las necesidades básicas de
los individuos.

La seguridad podemos definirla como la ausencia de riesgo de cualquier
índole, así como la confianza que se tenga en algo o en alguien que
proporciona certeza de satisfacción de una necesidad primaria.

Aunque Maslow se refirió en su estudio a las necesidades básicas desde
el punto de vista fisiológico del ser humano, la seguridad jurídica
constituye también una necesidad fundamental, entendiéndose ésta como la
garantía dada al individuo por el Estado de modo que su persona, sus
bienes y sus derechos no serán violentados, y que en el caso de que lo
fueran, le serian asegurado la reparación de los mismos.

Ahora bien, ¿tiene el pueblo cubano plena seguridad jurídica?

Más allá de terceras interpretaciones, especulaciones y criterios
personales, hay una realidad que nadie puede cuestionar: el sistema de
justicia cubano, por su propia naturaleza y estructura, no puede jamás
garantizar la seguridad jurídica de sus ciudadanos, toda vez, que el
mismo, se encuentra supeditado precisamente a los intereses de quienes
crean, fiscalizan y ejecutan las leyes.

Para que exista seguridad jurídica tiene que existir indefectiblemente
un verdadero órgano de justicia independiente, fuera de toda influencia
del Estado, y resguardado de la acción demoledora de la maquinaria
estatal, que no hace otra cosa que atraer desesperadamente bajo su
control, todo lo que sea necesario para alimentar su único ego, el poder
y la sumisión absoluta de todos sus ciudadanos.

Demostrar esta realidad resulta realmente fácil, sólo basta pasar la
vista a 8 preceptos constitucionales, a saber: los artículos 70; 74; 78;
89; 120; 121; 127 y 128.

De forma general, estos preceptos estipulan que la Asamblea Nacional del
Poder Popular es el único órgano con potestad constituyente, o sea,
creador de las leyes, y que elige de entre sus miembros al Consejo de
Estado, siendo su presidente el jefe de Estado y de Gobierno. Estipulan
además que la Asamblea Nacional es representada por el Consejo de Estado
entre uno y otro periodo de sesiones y que la función de impartir
justicia corresponde al Tribunal Supremo, el cual se subordina
jerárquicamente a la Asamblea Nacional, o sea, al órgano constituyente,
y por último, que la Fiscalía General de la República es el órgano del
estado que vela por el control y cumplimiento de las leyes y que se
subordina, al igual que los tribunales, a la Asamblea Nacional y al
Consejo de Estado, que de hecho es la misma cosa y que además, y para
que no quede dudas, el Fiscal General de la República, recibe
instrucciones directas del Consejo de Estado.

Vemos como utilizando la técnica de dispersión de su articulado, en la
Constitución cubana queda claramente demostrado que tanto la función
legislativa como la ejecutiva y la judicial, están subordinadas en
última instancia al Consejo de Estado.

Quiere esto decir que los tribunales populares, órganos encargados de
impartir justicia, se encuentran bajo el poder y la influencia directa y
omnipotente de la élite gobernante, representada, en este caso, por el
Presidente del Consejo de Estado y su camarilla.

Pero hay algo más: el artículo 5 de la propia Constitución establece que
el Partido Comunista de Cuba es la fuerza dirigente superior de la
sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos hacia los
fines de la construcción del socialismo y el comunismo.

Y, ¿saben quién es el Secretario General del Partido? Pues el Jefe de
Estado y de Gobierno.

¿Creen ustedes, amigos lectores, que el pueblo cubano pueda contar con
plena seguridad jurídica, cuando los tribunales de justicia se
encuentran supeditados a los designios del gran emperador y que de
seguro sus jueces, militan además en las filas del Partido Comunista, lo
que los hace aun más dependientes a la hora de cumplir con sus funciones?

¡No hay respuesta más evidente!

Para Cuba actualidad: nelsonchartrand@gmail.com
www.fecebook.ClubAnarcocapitalistaCuba
*Abogado y miembro del Club Anarcocapitalista de Cuba (CAC)

Source: ¿Hay seguridad jurídica en Cuba? | Cuba noticias
actualidad.Periodismo independiente. -
http://www.primaveradigital.org/primavera/cuba-sociedad/la-consulta/10888-ihay-seguridad-juridica-en-cuba.html

No comments:

Post a Comment