Friday, May 13, 2011

Autopsia blanca en Santa Clara?

Muerte de Soto García

¿Autopsia blanca en Santa Clara?
Alberto Méndez Castelló
Las Tunas 13-05-2011 - 10:25 am.

Si el régimen notificó una 'muerte de tipo natural' en el caso de Soto
García, ¿por qué habló más tarde de necropsia?

Por paradójico que parezca, el cadáver del disidente Juan Wilfredo Soto
García no fue sometido a examen médico forense.

De la ausencia de necropsia se percata cualquiera medianamente
entendido: basta leer la primera nota oficial publicada por el periódico
Granma: "Las pruebas patológicas practicadas al occiso, arrojaron una
muerte de tipo natural, estableciéndose como causa preliminar: 'shock
multifactorial por fallo multiorgánico, debido a una pancreatitis'. No
se observaron signos de violencia internos o externos". ¿Por qué,
entonces, las declaraciones de un forense este jueves?

Debió resultar obvio a las autoridades que el fallecimiento de Soto
García, conocido como "El Estudiante", ocurrido 72 horas después de su
detención en el céntrico Parque Vidal —a 300 km de La Habana, pero a
segundos de Madrid o Nueva York, Twitter de por medio—, se convertiría
en noticia de primera plana, dado que medio mundo está pendiente hoy de
lo que ocurre en Cuba en materia de derechos humanos.

Así, cabe una pregunta: ¿Quiere en realidad el Gobierno el entendimiento
con Europa y Estados Unidos, o persiste en mostrar su imagen de plaza
sitiada?

Si quisiera el entendimiento, habría evitado poner su credibilidad en
entredicho, cumpliendo con su propia Ley de Procedimiento Penal y no
actuando como quien encubre un delito de lesiones del que resultaría un
homicidio. Según articula el ordinal 142 de la Ley de Procedimiento Penal:

"Para que el proceso penal tenga lugar por causa de muerte violenta o
sospechosa de un acto delictivo, se procederá a la necropsia del cadáver
por médicos forenses quienes, después de describir esa operación,
informarán sobre las causas del fallecimiento y sus circunstancias".

"Cuando el fallecimiento a que se refiere el párrafo anterior haya
ocurrido en un centro asistencial, se avisará inmediatamente al
instructor para que designe los médicos forenses que deben practicar la
necropsia".

Pero si el Gobierno notificó pruebas patológicas, ¿por qué habló el
jueves de necropsia?

Cercano en tiempo y contexto al de Orlando Zapata Tamayo, el
fallecimiento de Soto García inexorablemente derivaría en consecuencias
sociales y jurídicas nacionales e internacionales, por lo que, amén del
auxilio de la Anatomía Patológica, debió esclarecerse desde el punto de
vista tanatológico; esto es, el estudio de la muerte y el cadáver
relacionado con un presunto delito.

¿Fallan otra vez las autoridades al apreciar una situación, o
simplemente están cumpliendo su cometido de pensar las relaciones
Cuba-EE UU-Unión Europea? Si así fuera, las propias autoridades deberían
aplicarse la Ley 88.

Cuando se trata de fallecimientos que no envuelven problemas judiciales,
menos aún sociológicos y de derecho internacional, es cierto, se
realizan autopsias clínicas destinadas más a averiguar las enfermedades
de un sujeto y cómo estas le propiciaron la muerte, que a descubrir un
delito.

En el caso de Soto García, técnicamente el Gobierno ha notificado una
autopsia blanca en la que no se han encontrado causas de muerte
violenta. Pero la autopsia blanca es un arma de doble filo en las
muertes imprevistas, si estamos hablando ajustados a derecho, pues
puede sugerir, como en este caso, una muerte por inhibición en lugar de
una muerte natural.

La muerte por inhibición recuerda al asesinato perfecto. Se produce por
la detención brusca de los órganos cerebrales superiores provocada por
estímulos intensos que pueden ser emocionales dolorosos.

El pasado año Soto García declaró, y un periodista lo grabó, encontrarse
bajo presión policial, imputando a las autoridades su posible muerte.
Hoy está muerto y el Gobierno, en lugar de esclarecer el asunto, trata
de defenderse como un chico malcriado o, peor, como un mal abogado, sin
sustanciar su defensa.

Que los resultados de la autopsia clínica son preliminares, según la
primera nota oficial, huele a pura hojarasca.

La muerte lenta como acepción forense tiene pocos asideros en el caso
Soto García. En Medicina Legal, la muerte lenta se produce tras una
enfermedad prolongada que va agotando las reservas de glucosa
almacenadas en el hígado. Sabido es que en el páncreas se produce la
insulina que limita la cantidad de glucosa en la sangre.

Puesto que ya se anunció una pancreatitis, ahora solo queda esperar un
informe de laboratorio o del Gobierno notificando la disminución del
glicógeno hepático en el fallecido, sustentando así la muerte natural.
Pero, por ahora, redoblan las campanas por una presunta muerte por
inhibición.

¿Es el caso Soto García escandaloso a la luz del Derecho Penal cubano?
En honor a la verdad, no. Solo un ejemplo para no agotar la paciencia
del lector:

Harold Brito Parra —a quien también podríamos llamar "El Estudiante" por
lo temprano que inició sus estancias en prisión— falleció este febrero,
siendo un recluso de la prisión provincial de Las Tunas, en el Hospital
Ernesto Che Guevara…, esposado.

Luego, en Cuba, las muertes como la de Soto García solo son noticia
gracias a las nuevas tecnologías de la comunicación, pues son algo poco
menos que cotidiano desde hace más de medio siglo. Quien espera cambios
en Cuba, de una vez y por todas debería entenderlo y, por supuesto, de
una vez y por todas, condenarlo.

http://www.ddcuba.com/cuba/4711-autopsia-blanca-en-santa-clara

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