Thursday, March 10, 2011

La integridad moral del Estado

La integridad moral del Estado
Thursday, March 10, 2011 | Por Laritza Diversent

LA HABANA, Cuba, marzo (www.cubanet.org) – El pasado 4 de marzo, el
Tribunal de la Habana juzgó al ciudadano norteamericano Alan Gross,
acusado de ejecutar actos en contra de "la independencia o la integridad
territorial del Estado". El contratista pudiera ser condenado
severamente, si la justicia de la isla decide ampliar la interpretación
de la norma penal, como lo hizo hace 8 años, durante lo que se conoce
como Primavera Negra de Cuba.

En abril del 2003, doce tribunales provinciales, incluyendo el Tribunal
de la capital, órgano jurisdiccional que conoció el caso de Gross,
dictaron 28 sentencias condenando a largas penas de encierro a 73 de los
75 disidentes. Solamente por ese delito, fueron juzgados 43 de ellos.

El Código Penal cubano, sanciona con prisión de 10 a 20 años o muerte, a
quien, "en interés de un Estado extranjero, ejecute un hecho con el
objeto de que sufra detrimento la independencia del Estado cubano o la
integridad de su territorio". La figura no exige resultados, basta con
el peligro.

El Tribunal de La Habana enjuició por ese delito a 27 de los 34
disidentes que sancionó, entre los que se encontraba la opositora
política Marta Beatriz Roque, y los periodistas Raúl Rivero y Ricardo
González Alonso. En la sentencia No. 17/2003, este Tribunal amplió la
interpretación de la palabra integridad, a la hora de calificar
legalmente los hechos imputados al Doctor Óscar Elías Biscet y tres
disidentes más.

Según la resolución judicial, no debía restringirse el término
"integridad" sólo a la física. Éste incluía también la integridad moral
del Estado, que también se dañaba. La misma concepción fue empleada por
el mismo juzgado, en las sentencias 7 y 10 de ese año.

El subcontratista norteamericano está detenido desde hace más de 14
meses, acusado de distribuir equipos de conexión satelital. El Decreto
209 de 1996, de "Acceso desde la República de Cuba a Redes Informáticas
de Alcance Global", creó una Comisión Interministerial encargada de
autorizar el acceso directo a internet.

En marzo de 2010 Estados Unidos autorizó la exportación de programas de
internet que permiten conversaciones en línea y acceso a redes sociales.
La Isla interpretó la decisión como un plan de "subversión" y
"desestabilización", para derrocar el sistema socialista.

¿Podría la amenaza que supone un acceso pleno a internet, unido a la ola
de manifestaciones en el Medio Oriente, organizadas a través de Facebook
y Twitter, influir en la sanción de Gross?

Nada impide que en una interpretación extensiva del artículo 91, el
Tribunal de la Habana culpe al ciudadano norteamericano de posibilitar
accesos clandestinos a internet, para desacreditar y dañar la integridad
moral del Estado cubano.

http://www.cubanet.org/articulos/la-integridad-moral-del-estado/

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