12-04-2011.
Aimée Cabrera
Corresponsal de Misceláneas de Cuba
(www.miscelaneasdecuba.net).- "Cuando decides jubilarte empiezan los
problemas, que si no aparecen todos los años trabajados, que no
encuentras a nadie de aquella época, y tantas otras cosas que te parece
que no te vas a poder jubilar"- exclama Luisa, jubilada del sector de
los servicios.
Ella trabajó en diversas entidades por más de 30 años. Sólo aparecía en
su expediente laboral el trabajo desempeñado en la última empresa donde
estuvo poco más de dos décadas, ¡y el resto del tiempo, qué! Fueron
tiempos de mucha tensión para esta mujer de 58 años quien, al final no
pudo justificar su primer lustro de vida laboral.
El caso de Luisa no es aislado. Las críticas y denuncias de los
afectados son parte de las quejas enviadas a las secciones de distintos
periódicos capitalinos y del resto del país.
Isauro Beltrán escribió a la sección Buzón Abierto, del diario
Trabajadores, a cargo del periodista Gabino Manguela, donde fue
publicado su caso el lunes 28 de marzo de este año. Allí Beltrán
explicaba que "Mi último lugar de trabajo, por 10 años, fue el cabaret
Tropicana, pero allí nunca llegó mi expediente… siempre pensé que el
documento estaba en mi centro anterior, sin embargo, cuando decidí
jubilarme comprobé que estaba equivocado".
En el mismo diario aparecen otros con similares percances, como Jorge
Álvarez y Rafael Leyva quienes lamentaban la pérdida de sus expedientes
laborales, o Julia Rodríguez quien lo perdió estando éste en su poder.
La pérdida de los expedientes, para estos trabajadores de larga
trayectoria fue un hecho demoledor.
El especialista jurídico de la esfera de asuntos sociales y laborales
de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) Dr. Armando Saucedo resume
que "no siempre se cumple con lo legislado".
La Resolución 8 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 2005
(Reglamento general sobre Relaciones Laborales), determinó que la
administración es la máxima responsable de los expedientes laborales,
por lo que éstos deben estar bajo su custodia.
Por lo que en el momento de un posible traslado hacia otro centro de
trabajo, quien se traslada, debe recibir una copia de La Hoja Resumen,
la cual llevará a su nuevo centro, cuya administración tiene que
gestionar el legajo completo.
Lo correcto es brindarle al trabajador la posibilidad de que este revise
su expediente, ya que además de que es un derecho estipulado en el
Código de Trabajo, esta revisión evitaría situaciones tan alarmantes,
como las descritas.
Por otra parte, la subdirectora jurídica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social (MTSS), Ana Rodríguez argumenta que no se aceptan
pruebas testifícales, pues los años de labor se reconocen a partir de
los documentales, y enfatizó que, cada caso debe tener una respuesta,
por la diversidad de los mismos.
El Decreto Ley 283, Reglamento de la Ley de Seguridad Social, es
explícito al respecto. Cuando no hay certificaciones establecidas de
manera legal, los directores de las filiales provinciales del Instituto
Nacional de Seguridad Social pueden reconocer la validez de ciertos
documentos de tiempo de servicio .Los problemas son, por tanto, debido
al no cumplimiento de la Ley, por parte de las administraciones.
La sección Acuse de Recibo del diario Juventud Rebelde atendida por el
periodista José Alejandro Rodríguez publicó el 27 de marzo, el caso de
Rodolfo Rojas, trabajador de Servicios Comunales en la provincia de
Camaguey, está por jubilarse desde el 2007, pero "siempre un algo se
interpone".
Según refiere Rojas a Acuse, la Jefa de Personal le dijo que había que
esperar pues había más casos en trámite de jubilación. La paciencia de
este limpiador de calles duró hasta el 2010 cuando inconforme, acudió al
sindicato de su centro, y no recibió ninguna respuesta.
En el 2010, la nueva Jefa de Personal le llenó de nuevo la planilla de
solicitud, pero en el 2011, otro nuevo Jefe de Personal estaba ajeno a
la solicitud de este trabajador que describió su sentir con la frase de
que se " habían reído" de él, al sentirse burlado y desatendido por sus
directivos.
La directora municipal de servicios comunales de Camaguey, Lázara
Rivero dice que se creó una comisión para investigar lo sucedido a Rojas
y reconoció que "no se le dio el tratamiento requerido al trabajador",
aunque admite que él no cumplía con los requisitos para optar por su
jubilación.
En el expediente de Rojas faltaban modelos como el SS-6, el cual
certifica los años de servicio, así como los años trabajados en otras
entidades en las décadas del 60 y el 70 de pasado Siglo. ¿Quiénes tienen
la culpa por este proceder incorrecto, y qué medidas se tomaron con los
negligentes?
"Lamentablemente la respuesta (de la funcionaria) deja vaguedades… Hay
respuestas al paso, que resultan minúsculas al lado de las preguntas
que las espolean…"-dice entre otras reflexiones, el periodista J. A.
Rodríguez para finalizar.
http://www.miscelaneasdecuba.net/web/article.asp?artID=31928
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